Pensión por Viudez del IMSS

Quién tiene derecho a la pensión por viudez del IMSS, requisitos, documentos y pasos para tramitarla ante el fallecimiento de tu esposo, esposa o concubino(a).

Costo
Sin costo
Monto aproximado
90% de la pensión del fallecido
Resolución
Hasta 12 días hábiles
⚠️Aviso: este sitio es informativo y no pertenece al Gobierno de México ni al IMSS. El trámite se realiza siempre de forma presencial en tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) o a través del portal oficial del IMSS.
Mujer mayor revisando documentos y papeles en su casa, en referencia al trámite de pensión por viudez
Reunir los documentos del asegurado fallecido y del solicitante es el primer paso antes de acudir al IMSS. (Foto: Centre for Ageing Better / Unsplash)

¿Qué es la pensión por viudez del IMSS?

La pensión por viudez es una prestación económica mensual que el IMSS otorga al esposo, esposa o concubino(a) de una persona asegurada o pensionada que falleció, siempre que se cumplan los requisitos de semanas cotizadas y se acredite el vínculo. Su objetivo es dar continuidad a un ingreso para quien dependía económicamente, en parte, del trabajador fallecido.

Tienen derecho a solicitarla la esposa o el esposo del asegurado o pensionado fallecido, así como la concubina o el concubinario, si logran acreditar la relación mediante los documentos que pide el IMSS.

Requisitos para tramitar la pensión por viudez

RequisitoDetalle
Semanas cotizadas del fallecidoAl menos 150 semanas, solo si la muerte no ocurrió por un riesgo de trabajo. Si fue por riesgo de trabajo, no se exige un mínimo de semanas.
Vínculo con el fallecidoMatrimonio civil vigente, o concubinato acreditable con documentos que demuestren convivencia continua y estable.
Tiempo mínimo de matrimonio o concubinatoEn 2026 la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que no es válido exigir un plazo mínimo (antes se pedían 6 meses de matrimonio o 5 años de concubinato) para otorgar la pensión.
Vigencia de derechosQue el asegurado fallecido contara con sus derechos vigentes ante el IMSS al momento del fallecimiento, o ya estuviera pensionado.

Documentos necesarios

  • Copia certificada del acta de defunción del asegurado o pensionado.
  • Acta de matrimonio, o documentos que acrediten el concubinato si no hubo matrimonio civil.
  • Identificación oficial vigente de quien solicita la pensión.
  • CURP y comprobante del Número de Seguridad Social (NSS) de quien solicita.
  • Documento del IMSS del fallecido donde conste su NSS, y su CURP.

El IMSS puede solicitar documentación adicional según cada caso, por ejemplo si hay hijos que también tramitarán pensión por orfandad. Es recomendable llamar antes a la Unidad de Medicina Familiar que corresponda para confirmar el listado completo.

¿Cómo se tramita la pensión por viudez?

  1. Reúne todos los documentos del fallecido y los tuyos como solicitante (identificación, CURP, NSS, acta de matrimonio o prueba de concubinato, acta de defunción).
  2. Si quieres adelantar el proceso, puedes iniciar y validar tus datos en la plataforma Mi Pensión Digital del IMSS antes de acudir de forma presencial.
  3. Acude a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que correspondía al asegurado fallecido, en el horario de atención (de 8:00 a 15:00 horas). No se requiere agendar cita previa para este trámite.
  4. Dirígete al área de Prestaciones Económicas (ventanilla de pensiones) y entrega tu documentación para revisión.
  5. El personal del IMSS te entrega el formato de «Solicitud de Pensión de Viudez» para firmar y da seguimiento a tu trámite.
  6. Espera la resolución del IMSS, que se emite hasta en 12 días hábiles una vez validada toda la documentación.

¿Cuánto se recibe de pensión por viudez?

El monto de la pensión por viudez equivale, en general, al 90% de la pensión que recibía o le hubiera correspondido al asegurado fallecido. No depende de los ingresos actuales de quien solicita, sino del historial y el régimen de cotización del fallecido.

El cálculo cambia según el régimen bajo el que cotizó el asegurado: la Ley 73 aplica a quienes empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, mientras que la Ley 97 rige para quienes cotizaron a partir de esa fecha. Cada régimen tiene su propia fórmula de cálculo, por lo que el monto exacto puede variar bastante entre un caso y otro. Además, el IMSS actualiza los montos de las pensiones vigentes cada año conforme a la inflación (INPC).

Trámites relacionados

Preguntas frecuentes

¿Puedo tramitar la pensión de viudez si viví en unión libre, sin estar casada?
Sí. Si no hubo matrimonio civil, puedes solicitarla como concubina o concubinario, siempre que acredites ante el IMSS una convivencia continua y estable con el asegurado fallecido mediante los documentos que te soliciten en tu Unidad de Medicina Familiar.
¿Necesito pedir cita previa para tramitar la pensión por viudez en el IMSS?
No. Este trámite se realiza de forma presencial, sin cita previa, en el área de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda, en el horario de atención de 8:00 a 15:00 horas.
¿Cuánto tarda el IMSS en resolver la solicitud de pensión por viudez?
De acuerdo con el propio IMSS, la resolución se otorga hasta en 12 días hábiles, contados a partir de que se valida toda la documentación entregada.