RESICO: Régimen Simplificado de Confianza

Qué es el RESICO, quién puede tributar en él y cómo cambiarte a este régimen fiscal del SAT.

⚠️Aviso: este contenido es informativo, no es asesoría fiscal personalizada. Para tu caso específico, consulta con un contador o directamente en el portal del SAT.
Régimen Simplificado de Confianza RESICO
RESICO simplifica el pago de impuestos para pequeños negocios. (Foto: Vitaly Gariev / Unsplash)

¿Qué es el RESICO?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal del SAT, vigente desde 2022, pensado para personas físicas con actividad empresarial, honorarios o arrendamiento, y con ingresos moderados. A cambio de renunciar a deducciones complejas, pagas tasas de ISR reducidas —entre 1% y 2.5%— directamente sobre lo que cobras cada mes.

¿Quién puede tributar en RESICO?

  • Personas físicas con ingresos anuales totales que no superen $3.5 millones de pesos.
  • Actividades empresariales, profesionales (honorarios), arrendamiento o actividades primarias (agrícolas, ganaderas, pesqueras, silvícolas).
  • No ser socio, accionista o integrante de una persona moral.
  • No percibir ingresos exclusivamente por salarios.

Requisitos para inscribirte o cambiar de régimen

  1. Ten tu RFC vigente y tu e.firma activa.
  2. Verifica que tu opinión de cumplimiento ante el SAT sea positiva.
  3. Presenta el aviso de cambio de régimen fiscal en el portal del SAT (o inscríbete directo en RESICO si es tu primera actividad económica).
  4. Mantén tu Buzón Tributario habilitado; el SAT lo usa para notificaciones y requerimientos.
  5. Emite CFDI 4.0 por todos tus ingresos para permanecer en el régimen.

Tasas de ISR en RESICO (2026)

Ingresos mensuales hastaTasa de ISR
$25,0001.00%
$50,0001.10%
$83,333.331.50%
$208,333.332.00%
$3,500,000 (límite anual)2.50%

Novedades RESICO 2026

  • Nueva obligación de presentar una declaración informativa anual de operaciones para todos los contribuyentes RESICO.
  • El Buzón Tributario pasa a ser obligatorio como canal oficial de notificaciones del SAT.
  • Los recargos por pago extemporáneo subieron a 2.07% mensual (antes 1.47%).
  • Quien haya tributado en 2025 en Actividades Empresariales y Profesionales o en Arrendamiento y quiera pasarse a RESICO en 2026 debe presentar su aviso de actualización de actividades económicas.

¿RESICO es obligatorio?

No, es opcional. Pero si cumples los requisitos y el SAT te inscribió automáticamente, debes cumplir sus obligaciones o presentar el aviso para cambiar de régimen si prefieres otro esquema.

Preguntas frecuentes

¿Necesito presentar declaración anual en RESICO?
Por regla general no, salvo que además tengas ingresos por salarios, hayas obtenido ingresos en copropiedad, o el SAT te lo requiera expresamente.
¿Puedo deducir gastos en RESICO?
No de la forma tradicional: el impuesto se calcula sobre el ingreso cobrado, sin restar deducciones, a cambio de tasas más bajas.
¿Qué pasa si dejo de cumplir los requisitos?
Puedes ser dado de baja del régimen. Si esto ocurre por incumplimiento, existe un plazo (hasta 5 años en algunos casos) antes de poder reincorporarte.